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Información imprescindible para la realización de prácticas clínicas

La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, en el apartado 5 del artículo 13, introducido por la Ley 26/2015, de 28 de Julio, de modificación del sistema de Protección a la infancia y a la adolescencia, establece lo siguiente:


«5. Será requisito para el acceso y ejercicio en las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad en indemnidad sexual, que incluye, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A ese efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades, deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales

Sin esta acreditación no podréis realizar las prácticas clínicas de las asignaturas que impliquen contacto con pacientes.

  • Assignatures del GOO: OCC, Dispensación y  Montaje de gafas I y II, Contactología Clínica I y II, Optometria Clínica I y II, PAE´S o cualquier optativa con prácticas clínicas. 
  • Todas las asignaturas clínicas del MUOCV.
  • El TFG/TFM que implique contacto con menores.

 

 
El Acuerdo nº. 148/2016 del Consell de Govern por el que se aprueba el acuerdo relativo al certificado de delitos de naturaleza sexual establece:


III.‐ Sin embargo, en todos aquellos casos en los que, por las especialidades de su actividad (tales como Campus de Verano, extensión universitaria u otras actividades dirigidas a menores de edad, así como en caso de estudiantes, PAS o PDI que, en el ejercicio de sus funciones, realice estancias o prácticas en centros o entidades donde haya menores de edad), el personal afectado deberá aportar a la UPC la oportuna certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. La presentación del certificado deberá renovarse con una periodicidad anual mientras duren las actividades y debe comunicarse inmediatamente a la UPC cualquier cambio respecto al contenido del mismo.


• Para tramitarlo, sigue el siguiente enlace: http://web.gencat.cat/es/tramits/que-cal-fer-si/vull-obtenir-el-certificat-de-delictes-de-naturalesa-sexual/index.html y deberás presentarnos el certificado antes del inicio del curso.

 

RECORDAD que si no disponemos del certificado correspondiente antes del inicio de las prácticas, no las podréis realizar.

NOTA: este certificado tiene una caducidad de un año,  una vez caducado es necesario aportar uno de nuevo.