Permanencia en la Fase Inicial / Selectiva
Definición de conceptos
En el marco de la UPC se establece un rendimiento académico mínimo en determinadas fases de los estudios para que el estudiante pueda continuar los mismos. En este procedimiento nos centraremos en los aspectos relacionados con la Fase Inicial o Selectiva de los estudios.
En el caso de los estudios que se imparten en la FOOT, el primer curso en el que se estructuran los estudios se denomina Fase Inicial (en el caso del Grado). En cuanto al Máster Universitario en Optometría y Ciencias de la Visión, si bien no dispone específicamente de una Fase Inicial o Selectiva, también le es de aplicación la normativa de permanencia del primer año académico, como se explica en el siguiente apartado.
Características
La normativa de permanencia de esta fase afecta dos aspectos, al rendimiento mínimo durante el año académico de la primera matrícula del estudiante y, una vez superado este umbral, al rendimiento académico en la Fase Inicial de los Estudios o a la Fase Selectiva, según sea el caso (es decir, el correspondiente al primer curso del plan de estudios).
Las condiciones para cada caso son: Rendimiento mínimo durante el primer año académico:
- Para el Grado en Óptica y Optometría (modalidad presencial): 12 créditos.
- Para el Máster en Optometría y Ciencias de la Visión: 15 créditos
- Rendimiento mínimo y plazo máximo para superar la Fase Inicial :
- Para el Grado en Óptica y Optometría plan 2009:
- El estudiante a tiempo completo debe superar la Fase Inicial en un plazo máximo de 2 cursos académicos. Supera esta fase si aprueba 48 créditos de los 60 de que está compuesto el primer curso del plan de estudios.
- El estudiante a tiempo parcial debe superar la Fase Inicial en un plazo máximo de 4 cursos académicos. Supera esta fase si aprueba 48 créditos de los 60 de que está compuesto el primer curso del plan de estudios.
- Para el Grado en Óptica y Optometría plan 2020:
- El estudiante a tiempo completo debe superar la Fase Inicial en un plazo máximo de 2 cursos académicos. Supera esta fase si aprueba 60 créditos de los 60 que conforman el primer curso del plan de estudios.
- Para el Máster Universitario en Optometría y Ciencias de la Visión esta condición no le es de aplicación.
- Para el Grado en Óptica y Optometría plan 2009:
En el caso de que el alumno no supere alguno de estos rendimientos mínimos, el centro lo publicará al día siguiente de la reunión de la Comisión de Evaluación Curricular.
La no superación de alguno de los dos umbrales de rendimiento mínimo comporta la imposibilidad para el alumno de continuar los estudios durante los dos próximos cursos académicos. Una vez transcurrido este plazo, si desea reiniciar los mismos estudios, puede hacerlo al cabo de dos años si obtiene la autorización previa del rector y si vuelve a tener plaza asignada por la vía de preinscripción que los estudios tengan establecida.
No obstante, si el estudiante es declarado no apto de primer año académico o de Fase Inicial, puede optar por presentar una instancia para solicitar un cuatrimestre más para superar los créditos que le faltan. En el siguiente apartado se explica el procedimiento y plazos para este trámite.
Procedimiento y plazos
Los estudiantes de Grado que cursen el primer año académico o la fase inicial de los estudios y que lo deban interrumpir temporalmente por algún motivo de carácter excepcional, pueden solicitar a la Dirección del centro una prórroga, por un período determinado, para que el mismo no les cuente a efectos de la normativa de permanencia en la Fase Inicial.
En caso de que el estudiante declarado no apto desee solicitar a la Dirección del Centro la continuidad de los estudios (concesión de un cuatrimestre más para superar los créditos que le faltan), deberá presentar una solicitud a través de la e-Secretaría.
Plazos: consultar el calendario de trámites
Preguntas más frecuentes sobre la permanencia en los estudios de Grado
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