Transferencia de créditos
Definición de conceptos
En el marco de los estudios adaptados al espacio europeo de educación superior (grado y máster), la transferencia de créditos comporta la inclusión, en los certificados académicos y en el suplemento europeo al título del estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en otros estudios oficiales cursados con anterioridad, siempre y cuando no hayan conducido a la obtención de ningún título oficial o hayan servido para convalidar o reconocer créditos en la titulación a la que el estudiante los quiere transferir.
Características
Las asignaturas transferidas no computan a efectos de obtención del título y en ningún caso se tendrán en cuenta a efectos de baremación del expediente.
Es responsabilidad del estudiante mantener actualizado su expediente, si lo desea, con los créditos que se puedan transferir a partir de estudios previos realizados en otras universidades.
Para hacerlo, tendrá que presentar una solicitud en la Secretaría Académica del centro en el que está cursando los estudios, de acuerdo con las condiciones que se detallan en el siguiente apartado.
Procedimiento y plazos
Para solicitar que sean transferidos a su expediente actual créditos realizados en otras titulaciones previas, es necesario que el estudiante presente una solicitud directamente en la Secretaría Académica de la FOOT durante los horarios de atención al público.
La instancia deberá ir acompañada de una certificación académica oficial expedida por el centro donde se cursaron los créditos que se quieren transferir.
Normativa de aplicación
Para los estudios de grado en Óptica y Optometría.
Para los estudios de máster en Optometría y Ciencias de la Visión.